{"id":116593,"date":"2024-06-19T09:58:53","date_gmt":"2024-06-19T07:58:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/?p=116593"},"modified":"2024-06-19T09:58:54","modified_gmt":"2024-06-19T07:58:54","slug":"medidas-extraordinarias-para-la-prevencion-de-incendios-forestales-en-la-rioja","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/?p=116593","title":{"rendered":"Medidas extraordinarias para la prevenci\u00f3n de incendios forestales en La Rioja"},"content":{"rendered":"\n<!--more-->\n\n\n\n<p>El Gobierno de La Rioja, a trav\u00e9s de la Consejer\u00eda de Agricultura, Ganader\u00eda, Mundo Rural y Medio Ambiente, ha publicado en el Bolet\u00edn Oficial de La Rioja (BOR) hoy, 19 de junio, la resoluci\u00f3n que actualiza las limitaciones para la realizaci\u00f3n de determinadas actividades l\u00fadicas y recreativas, quema de restos vegetales, mantenimiento de infraestructuras o algunas actividades agr\u00edcolas y forestales, en base al riesgo de incendio forestal que entra\u00f1an, seg\u00fan se recoge en la modificaci\u00f3n de la Ley de Montes realizada por el Real Decreto-Ley 15\/2022, de 1 de agosto.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta nueva resoluci\u00f3n, que sustituye a la publicada en el a\u00f1o 2023, presenta como novedad un \u00edndice propio para la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja, denominado \u00cdndice de Potencial de Gran Incendio Forestal (IPOGIF). Para el c\u00e1lculo de este \u00edndice, se han determinado las Zonas de R\u00e9gimen Homog\u00e9neo de incendios forestales (ZRH), que dividen el territorio riojano en funci\u00f3n de la meteorolog\u00eda general y local m\u00e1s frecuente, su orograf\u00eda y los combustibles propios de cada zona. Esto supone una mejora de la distribuci\u00f3n territorial del nivel de riesgo, m\u00e1s ajustado y preciso, que se circunscribe a zonas cuyas caracter\u00edsticas dan similar respuesta frente al comportamiento de los incendios forestales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aplicaci\u00f3n m\u00e1s pr\u00e1ctica para regular usos y actividades<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El \u00edndice IPOGIF, utilizando la informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica aportada por AEMET, hace hincapi\u00e9 en la importancia de valorar el riesgo en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas propias de cada zona, bas\u00e1ndose adem\u00e1s en l\u00edmites municipales para ello, lo que supone una aplicaci\u00f3n m\u00e1s pr\u00e1ctica a la hora de regular usos y actividades. Adem\u00e1s, la metodolog\u00eda utilizada para su c\u00e1lculo permite obtener unos niveles de riesgo m\u00e1s proporcionados a la situaci\u00f3n real. En concreto, resultan siete niveles, que van desde muy bajo a muy extremo, los cuales pueden ser previstos con antelaci\u00f3n y consultados por las personas interesadas a trav\u00e9s de la web <a href=\"https:\/\/bi.larioja.org\/pentaho\/riesgo_incendios\/zonas_peligro\/\">https:\/\/bi.larioja.org\/pentaho\/riesgo_incendios\/zonas_peligro\/<\/a> para la mejor planificaci\u00f3n de su actividad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Actividades reguladas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La limitaci\u00f3n de actividades considera, adem\u00e1s del IPOGIF, la naturaleza de los terrenos en que se desarrollan. B\u00e1sicamente, si estas se desarrollan en zonas de peligro de incendio forestal o fuera de las mismas, entendidas tales zonas de peligro como los terrenos forestales y zonas aleda\u00f1as que entra\u00f1en riesgo de incendios.<\/p>\n\n\n\n<p>En concreto las actividades que se regulan son:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&#8211; Actividades l\u00fadicas y recreativas<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Entre estas se recoge la prohibici\u00f3n del empleo de asadores no homologados en terrenos no urbanos, a partir de la estimaci\u00f3n de un IPOGIF de nivel muy alto o superior. El uso de asadores que cumplan con las condiciones de homologaci\u00f3n recogidas en la Orden de incendios se proh\u00edbe tambi\u00e9n con riesgo extremo o superior en zonas de peligro.<\/p>\n\n\n\n<p>Queda, a su vez, prohibido el uso de material pirot\u00e9cnico y las concentraciones l\u00fadicas que conlleven el uso del fuego en terrenos no urbanos situados en zonas de peligro. Para estas actividades, cuando se desarrollen fuera de zonas de peligro, se establece un sistema de autorizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>La circulaci\u00f3n de veh\u00edculos a motor de combusti\u00f3n interna en terrenos forestales se proh\u00edbe en terrenos forestales con niveles IPOGIF extremo o superior, con excepciones para el acceso a propiedades particulares o a aprovechamientos autorizados, adem\u00e1s de las siguientes pistas forestales:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 En Ezcaray, acceso hasta la ermita de Santa B\u00e1rbara.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 En San Mill\u00e1n de la Cogolla, acceso hasta el \u00e1rea recreativa de Urre.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 En Tob\u00eda, acceso hasta el \u00e1rea recreativa de El Rajao.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 En Villoslada de Cameros, acceso al \u00e1rea recreativa de La Blanca.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Acceso rodado a las aldeas de Torremu\u00f1a y Larriba, desde el valle del Leza o valle del r\u00edo Manzanares.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&#8211; Quema de restos vegetales<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La quema de restos vegetales de origen forestal o agr\u00edcola se realiza seg\u00fan autorizaci\u00f3n establecida en la Orden sobre sobre prevenci\u00f3n y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja conforme al calendario de lotes establecido. Con la resoluci\u00f3n aprobada, las quemas que puedan estar autorizadas&nbsp; o que se pudieran autorizar quedan autom\u00e1ticamente prohibidas a partir de riesgo muy alto en zonas de peligro y riesgo extremo o superior en todo tipo de terrenos.<strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En lo referente al presente a\u00f1o 2024, no se autorizan quemas de restos vegetales desde el pasado 9 de junio, hasta llegada de periodo de riesgo bajo de incendios en noviembre. Se except\u00faan de esta regulaci\u00f3n las quemas que tengan por objeto prevenir da\u00f1os causados por plagas y enfermedades, o evitar otros riesgos de mayor gravedad. Para todos los escenarios, la Direcci\u00f3n General de Agricultura justificar\u00e1 motivadamente la necesidad de realizar dichas quemas por motivos fitosanitarios y emitir\u00e1 las autorizaciones para hacer uso del fuego.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&#8211; Trabajos de construcci\u00f3n o mantenimiento de infraestructuras b\u00e1sicas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los trabajos de construcci\u00f3n o mantenimiento de infraestructuras b\u00e1sicas engloban los trabajos sobre v\u00edas f\u00e9rreas, carreteras, parques e\u00f3licos, l\u00edneas el\u00e9ctricas u otras infraestructuras de obra civil. De acuerdo a la zona donde se produzcan y al IPOGIF, estas actividades se someten a las condiciones recogidas en la Orden de prevenci\u00f3n de incendios para garantizar la disminuci\u00f3n del riesgo y, en todo caso, se proh\u00edben en las zonas de peligro para riesgo extremo o superior, considerando siempre las situaciones de urgencia de mantenimiento que puedan darse.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&#8211; Trabajos relacionados con la actividad econ\u00f3mica del sector primario<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La resoluci\u00f3n recoge la regulaci\u00f3n de actividades del sector primario, que incluyen los trabajos forestales, agr\u00edcolas o ap\u00edcolas que requieren del uso del fuego o de maquinaria y herramientas de trabajo potencialmente generadoras de incendios agr\u00edcolas o forestales. Dentro de estas, se proh\u00edben los trabajos forestales con desbrozadoras manuales o autopropulsadas en zonas de peligro con riesgo extremo o superior, quedando a partir de riesgo muy alto sometidas a las condiciones de la Orden de incendios.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, con la finalidad de extremar las precauciones en las labores agr\u00edcolas cuando exista riesgo de incendios extremo o superior, se establecen condiciones especiales para el uso de cosechadoras, empacadoras y otras m\u00e1quinas agr\u00edcolas, susceptibles de generar deflagraciones. En esta situaci\u00f3n, en zonas de peligro las actividades estar\u00e1n condicionadas a que las personas que las ejecuten cumplan las siguientes condiciones:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Deber\u00e1 portar un tel\u00e9fono de contacto.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Se dispondr\u00e1 de un tractor con grada o cuba de agua de capacidad mayor de 300 litros con f\u00e1cil acceso para atajar cualquier conato de incendio.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Se permitir\u00e1 la realizaci\u00f3n de trabajos relacionados con la actividad econ\u00f3mica del sector primario con un \u00edndice IPOGIF extremo o superior siempre y cuando las personas que vayan a realizarlos hayan facilitado un tel\u00e9fono de contacto y acepten estar incluidas en la red de mensajes telef\u00f3nicos de alerta implementada para este fin por la Consejer\u00eda y denominada como \u201cred agroforestal de mensajes telef\u00f3nicos de alerta\u201d mediante la cual, se les avisar\u00e1 en tiempo real de la prohibici\u00f3n de realizar dichas labores en el momento en el que se alcancen en su zona de trabajo los 37\u00baC o velocidades medias de viento de 20 Km\/hora (5,5 m\/s) marcados por la estaci\u00f3n SIAR m\u00e1s cercana a su localizaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":1,"featured_media":116595,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[21],"tags":[3002,12,3001,459,3000,64,1759],"class_list":["post-116593","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-la-rioja","tag-cobierno-de-la-rioja","tag-escaparate","tag-forestales","tag-incendios","tag-ipogif","tag-la-rioja","tag-prevencion"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/116593","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=116593"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/116593\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/116595"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=116593"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=116593"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.yoleoescaparate.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=116593"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}